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23 abril 2024

La transición constitucional en Bolivia

El advenimiento de regímenes autoritarios populistas se ha caracterizado por el uso fraudulento de las instituciones para pervertir la democracia y dar así un golpe de Estado a la Constitución, en ocasiones, en cámara lenta. El régimen impuesto por Evo Morales puede ser calificado como híbrido, o también de “autoritarismo competitivo”; es decir que se mantienen ciertas libertades electorales, a pesar del ejercicio autoritario del poder.

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José Ignacio Hernández G. | 20 noviembre 2019

El concepto de golpe de Estado, desde su formulación entre el siglo XIX e inicios del siglo XX, se ha relacionado tradicionalmente con los cambios súbitos -y violentos- de poder. En Latinoamérica el concepto se asoció a las dictaduras militares, de lo cual surgió una especie de paradigma: Los golpes los dan los militares.

Hoy día este concepto está desfasado. Así, en la era del derecho humano a la democracia postulado en la Carta Democrática Interamericana, el golpe de Estado debe definirse como todo intento por desmantelar la democracia constitucional, incluso, sin uso de la violencia.

Así, particularmente luego del fin de la Guerra Fría, ha quedado en evidencia cómo las democracias pueden morir de la mano de las instituciones llamadas a protegerlas -y no de la mano de un golpe militar-. El advenimiento de regímenes autoritarios populistas se ha caracterizado por el uso fraudulento de las instituciones para pervertir la democracia y dar así un golpe de Estado a la Constitución, en ocasiones, en cámara lenta.

En esos casos, cobra realce el derecho a la rebelión, que no es otra cosa que el derecho -y el deber- de defender la Constitución frente aquellos que pretenden violentar fraudulentamente la democracia constitucional.

Tal es el caso de Bolivia. Así, el 20 de octubre se realizaron elecciones, en especial, de Presidente y Vicepresidente. Se había llegado a esa elección en el medio del descontento por las maniobras que permitieron a Evo Morales postularse nuevamente a la Presidencia -cargo que venía ejerciendo desde el 2006-. Así el régimen boliviano puede ser calificado como híbrido, o también, de “autoritarismo competitivo”. La expresión, un tanto ambigua, describe los regímenes que mantienen ciertas libertades electorales, a pesar del ejercicio autoritario del poder.

No es de extrañar, por tanto, que poco después de finalizada la elección comenzaran a surgir denuncias de fraude, debido al intento de Morales de manipular los resultados para evitar una segunda vuelta presidencial. En medio de protestas civiles, el 10 de noviembre la Organización de los Estados Americanos (OEA) concluyó en la existencia de pruebas de fraude, todo lo cual justificaba repetir las elecciones. Ello llevó a Morales a “convocar a nuevas elecciones”, pero manteniéndose en el poder.

La solución era claramente insatisfactoria. Las observaciones formuladas por la OEA evidenciaron la capacidad del régimen autoritario de Morales de intentar  manipular los resultados, con lo cual su permanencia en el poder obstruía celebrar elecciones libres y justas; condición indispensable para rescatar la confianza ciudadana y superar así la crisis.

En el medio de las protestas, y luego de que las Fuerzas Armadas sugirieran la renuncia de Morales, éste decidió renunciar al cargo el propio 10 de noviembre. También renunciaron el Vicepresidente, así como quienes ocupaban las Presidencias de la Cámara del Senado y de Diputados.

“El régimen de Evo Morales puede ser calificado como híbrido, es decir que se mantienen ciertas libertades electorales a pesar del ejercicio autoritario del poder”

El pronunciamiento de las Fuerzas Armadas no puede ser calificado de golpe de Estado. En realidad, las Fuerzas Armadas de Bolivia cumplieron el primer rol que les corresponde: Cumplir y hacer cumplir la Constitución, sugiriendo una solución política y constitucional para rescatar la vigencia del orden constitucional.

De esa manera, conforme al Artículo 169 de la Constitución de Bolivia, en ausencia del Presidente y del Vicepresidente, correspondía al Presidente de la Cámara del Senado ocupar la Presidencia. La Presidencia de la Cámara del Senado había sido asumida por la senadora Jeanine Áñez. Por lo tanto, al ejercer la Presidencia del Senado de manera interina, correspondía a la senadora Áñez asumir la Presidencia.

Ahora bien, según el Artículo 181.3 constitucional, las renuncias del Presidente y del Vicepresidente debían ser admitidas por las Cámaras de la Asamblea Legislativa Plurinacional. ¿Aplica esa norma al caso concreto?

La respuesta es negativa. La renuncia de Evo Morales y de Álvaro García Linera se produjo en el marco de las acciones civiles e institucionales orientadas a restablecer el orden constitucional, al punto que ambos no sólo renunciaron sino que abandonaron físicamente el poder. Si se aplicaba la norma del Artículo 181.3 constitucional, la Presidencia hubiese quedado vacante.

El principio de continuidad administrativa se opone a esa solución: Todo cargo público debe siempre tener un titular, de forma tal que el título jurídico para el ejercicio del cargo se transmite de manera automática. En el caso examinado, ante la renuncia y ausencia del Presidente y del Vicepresidente, la senadora Jeanine Áñez, en su condición de Presidente de la Cámara del Senado, debía asumir la Presidencia de manera automática. Así lo avaló, por lo demás, el Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia, en comunicado publicado el 12 de noviembre, en el cual recordó antecedentes jurisprudenciales basados, precisamente, en el citado principio de continuidad.

De manera tal que la transición política en Bolivia, de Morales a Áñez, debe ser calificada de constitucional. Primero, pues fue consecuencia de las acciones orientadas a restablecer el orden constitucional luego de la manipulación fraudulenta de las elecciones presidenciales por el régimen de Morales. Además, por cuanto se apegó a lo dispuesto en la Constitución.

No fue, por ello, un golpe de Estado. En realidad, como lo advirtió el secretario general de la Organización de los Estados Americanos, Luis Almagro, el golpe de Estado lo dio el régimen de Evo Morales al manipular fraudulentamente la elección del 20 de octubre.

La defensa de la Constitución frente al golpe de Estado perpetrado por el régimen de Morales no puede ser calificada como golpe de Estado, sino como defensa del orden constitucional y democrático.

*Procurador Especial de la República designado por la Asamblea Nacional.

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