En la aldea
18 abril 2024

“Las hojas de vida de los magistrados de la CIJ de La Haya muestran que todos son unos brillantes estudiosos del Derecho Internacional, muchos de ellos auténticos catedráticos y tratadistas”.

La República, con la obligación de contrademandar

Venezuela está obligada en esta etapa de la Reclamación del Esequibo a preparar su memoria de contrademanda y comparecer ante la CIJ, en diez meses, para defender sus argumentos sobre la nulidad del Laudo Arbitral de 1899 y demostrar la titularidad venezolana sobre el territorio, y consecuentemente los derechos marítimos.

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Taisa Medina | 12 abril 2023

Hay que regresar a la Corte sí o sí, a la Corte Internacional de Justicia (CIJ). Venezuela está obligada en esta etapa de la Reclamación del Esequibo a preparar su memoria de contrademanda y comparecer ante la CIJ, en diez meses, para defender sus argumentos sobre la nulidad del Laudo Arbitral de 1899 y demostrar la titularidad venezolana sobre el territorio, y consecuentemente los derechos marítimos.

Es la obligación que tiene la República con posterioridad a la decisión de la CIJ de este Jueves Santo de 2023. No hay otra ruta. Sólo la jurídica. Opinan los diplomáticos y estudiosos, los ex embajadores Milagros Betancourt Catalá y Víctor Rodríguez Cedeño. Las consultas a los expertos se hicieron en Semana Santa, luego de que la CIJ rechazara este 6 de abril de 2023 la excepción venezolana de inadmisibilidad por 14 votos contra uno -de Philippe Couvreur juez ad hoc escogido por Venezuela-, y declarar admisible la demanda de Guyana. 

La profesora de Derecho Internacional Público de la UCAB y ex embajadora, Milagros Betancourt Catalá recordó luego de la decisión que “Venezuela es parte del proceso. La decisión es vinculante y de obligatorio cumplimiento. La República es parte porque es el Estado demandado. Si queremos defender los intereses de la Nación la comparecencia ante la Corte no se puede evadir. Qué viene ahora: continúa el proceso y entramos en la fase de fondo de la demanda; es decir, que la CIJ decida si el Laudo es válido o nulo”. Y agrega, “el Gobierno de Venezuela debe comparecer para defender la nulidad del Laudo que siempre hemos alegado y los intereses de la República”.

Víctor Rodríguez Cedeño, ex embajador y ex miembro de la Comisión de Derecho Internacional de la ONU subraya que lo que toca hacer ahora es, “en primer lugar, comparecer; en segundo lugar, consultar al sector que puede opinar sobre esto en el país y constituir un equipo verdaderamente multidisciplinario y evitar politizar o ideologizar el tema. Creo que lo importante es asistir y no buscar tangentes fuera de todo proceso jurídico como asambleas populares, por ejemplo”. Destacó que “Venezuela tiene 9 meses para presentar sus alegatos, luego habrá audiencias públicas hasta que, como en tres años -calcula Rodríguez Cedeño- si los Magistrados siguen su ritmo usual, se conozco la sentencia definitiva”.

Tres opiniones

Se agregaron a la decisión cinco declaraciones individuales para precisar conceptos. Se trata de los magistrados de la India (sobre el alcance del Acuerdo de Ginebra); Jamaica (sobre la Resolución 1514 de la ONU respecto a descolonización); Japón (sobre el punto de la jurisdicción de la CIJ) y dos declaraciones más de los jueces ad hoc por Guyana (consideró que el principio “Oro Monetario” aducido por el demandado no entra en juego) y el disidente por Venezuela (razonó en 20 páginas su voto en contra de la sentencia). La reacción de Guyana fue obviamente de satisfacción y la de Venezuela de anunciar una evaluación exhaustiva y pedir la unión.

Rodríguez Cedeño responde a la interrogante de cómo queda el Acuerdo de Ginebra de 1966. Asegura que “sigue siendo el marco procesal que nos llevó a la Corte y sigue vigente la recomendación de la búsqueda lo de la solución práctica y mutuamente satisfactoria para las partes”.

La decisión, como se esperaba, provocó una ola de reacciones en los hilos de las redes sociales en el Viernes Santo. Algunos líderes de opinión coincidieron en invitar al Gobierno a buscar los más calificados -que los hay de sobra-, a trabajar en los pasos subsiguientes y a responsabilizarse de las gestiones que se hagan y velen por la lucha efectiva de la Reclamación. No hay mucho tiempo para preparar estos documentos por papeles que se encuentran en El Archivo General de Indias (Sevilla), la Biblioteca del Congreso de Estados Unidos (Washington) y en el Foreign Office (Londres).

Ahora se procede, según La Haya, a conocer el fondo de la demanda guyanesa: la validez o no del Laudo Arbitral de 1899. Sigue pues el proceso. De esta manera se calienta jurídicamente la Reclamación del territorio Esequibo. Y Venezuela inconsistentemente regresó, en las primeras de cambio, a su eterna posición. Nada de vía jurisdiccional. Pero esa bandera ya no se puede enarbolar pues ya hemos actuado formalmente en el Tribunal de La Haya como cuando se presentó el recurso de inadmisibilidad.

Más bien toca convocar para oír -y no para informar solamente- a los expertos venezolanos historiadores, juristas en derecho internacional público, geógrafos, cartógrafos, académicos, tratadistas y ensayistas para amarrar juntos la estrategia jurídica.

No es conveniente politizar. Con las sentencias de la CIJ de 2018 (sobre su competencia para conocer el caso) y la de este abril 2023 (sobre el recurso de admisibilidad en La Haya) no hay escapatoria abierta. El tremendismo ideológico o populista debe ser descartado porque Venezuela está obligada a acatar lo sentenciado y, por tanto, defender los intereses de la República en este trascendental momento histórico para el país. De lo contrario se corre el riesgo de perder la ansiada y legítima recuperación territorial. 

El artículo 53 del estatuto de la Corte dice “1. Cuando una de las partes no comparezca ante la Corte, o se abstenga de defender su caso, la otra parte podrá pedir a la Corte que decida a su favor”. Incluso de no acatar una sentencia el Consejo de Seguridad de la ONU puede intervenir.

Esta Semana Santa ha sido de reacciones y discretas reuniones virtuales para ponerse al día y para que los estudiosos, partidos políticos, y líderes de opinión pasando por la Plataforma Unitaria, ONG como Control Ciudadano, expresaran sus reflexiones en voz alta y por escrito sobre los pasos a seguir.

Lo cierto es que como lo dice en un artículo de opinión, compartido por Control Ciudadano, el profesor de Derecho Internacional Público, Héctor Faúndez que la República ya no tiene “excusas para eludir entrar en el fondo de la controversia. Ahora, con o sin la participación de Venezuela, el proceso seguirá adelante y, dentro de tres o cuatro años, habrá una sentencia definitiva, que será obligatoria para las partes. Por eso, la participación de Venezuela en el procedimiento ante la Corte Internacional de Justicia garantiza que nuestros argumentos serán escuchados”.

La decisión 171 de la Corte será con seguridad fuente de estudio -como cualquier jurisprudencia- sobre el tema o la doctrina del “Principio Oro Monetario” –Monetary Gold Removed from Rome in 1943 (Italy v. France, United Kingdom of Great Britain and Northern Ireland and United States of America)-, según el cual la CIJ no puede decidir una disputa sin el consentimiento de todas las partes involucradas y que Venezuela invocó  como antecedente para convocar a Gran Bretaña como parte del proceso. Asunto que rechazó el Tribunal en su decisión del Jueves Santo. Este principio que al que apeló la Corte en 1954 genera todavía muchas dudas hoy en día. 

Próximas diligencias

Ya Guyana, el demandante, presentó su memoria. La tarea de Venezuela fue postergada por la solicitud a la Corte de llamar al Reino Unido de Gran Bretaña a comparecer como parte del proceso, asunto que fue negado por la CIJ. Entonces, el calendario sigue en este largo proceso. Coordinar las tareas del equipo de “Gurús” que asesorará en la redacción de la contrademanda cuyo foco principal debería ser sobre las causales de nulidad del Laudo Arbitral de 1899.

El Tribunal

Joan E. Donoghue, presidenta de la Corte y relatora de la decisión es una académica  norteamericana de 67 años que nació en Yonkers, estado de Nueva York. Su amplia trayectoria la ubica como Consultora Jurídica del Departamento de Estado, experta en Derecho del mar, y como profesora y doctora en Derecho Internacional Público en las Universidades George Washington, de Georgetown y Berkeley, y tiene además una licenciatura en Biología. Toda una eminencia al igual que los otros 14 miembros.

De hecho, las hojas de vida de los magistrados de la Corte Internacional de Justicia de La Haya muestran que todos son unos brillantes estudiosos del Derecho Internacional. Se formaron en las mejores universidades. Muchos de ellos son auténticos catedráticos y tratadistas. Han participado en conferencias internacionales, muchas de ellas propiciadas por Naciones Unidas, codeándose rutinariamente con profesores, doctores, juristas, jueces, diplomáticos y consultores que han hecho y hacen historia. Día a día. Además de ser obviamente políglotas. 

La última sentencia del Tribunal, presidido por el magistrado ruso Kirill Gevorgian, fue el 30 de marzo de este 2023 y tenía que ver con unos activos iraníes congelados en EE.UU. Ellos son elegidos por 9 años, por la Asamblea General de la ONU y por el Consejo de Seguridad

Ficha de la CIJ

“La Corte no puede estar formada por más de un miembro proveniente de un mismo Estado. Además, la Corte en su conjunto debe representar a las principales civilizaciones y a los sistemas jurídicos más importantes del mundo. La actual distribución se reparte de la siguiente: 3 miembros proceden de África (Marruecos, Uganda y Somalia); 2 de América Latina y el Caribe (Brasil y Jamaica); 3 de Asia (China, Japón e India); 2 de Europa Oriental (Eslovaquia y Rusia); y 5 de Europa Occidental y otros Estados (Estados Unidos, Francia, Alemania, Australia y Líbano). Dicha distribución se corresponde con la del Consejo de Seguridad.

A pesar de que ningún país tiene más derecho que otro a la participación, la Corte siempre ha estado formada por magistrados de la misma nacionalidad que los miembros permanentes del Consejo de Seguridad. Ellos son elegidos por 9 años, por la Asamblea General de la ONU y por el Consejo de Seguridad, se recuerda en el portal de la CIJ. Ellos representan “a las principales civilizaciones y a los sistemas jurídicos más importantes del mundo” reza la web.

La cultura más común mostrada en las votaciones de la CIJ es la del uso del derecho anglosajón en contraposición al uso del derecho continental, observan los conocedores de la historia del tribunal.

Algunos protagonistas

“Cuando sean los Estados partes de un caso ante la Corte, contarán con la representación de un agente. Los agentes desempeñan la misma labor y tienen los mismos derechos y deberes que un abogado en un tribunal nacional (…) Sin embargo, dado que en este caso se trata de relaciones internacionales, el agente también actuará como si estuviera al frente de una misión diplomática especial y tendrá poderes para comprometer a un Estado soberano” (web CIJ).

Agentes venezolanos: Samuel Moncada, representante permanente de Venezuela ante las Naciones Unidas; Félix Plasencia, embajador de Venezuela en Colombia. El agente de Guyana, Carl Greenidge.

Equipo litigante de Venezuela según Juan Carlos Apitz en su cuenta de Twitter: Dr.Antonio Remiro Brotóns (catalán); Dr. Carlos Espósito (español de la Universidad  Autónoma  de Madrid con énfasis en Derecho internacional Público); Dr.Andreas Zimmermann (alemán, ex Harvard, y ex estudiante de la Universidad Hebrea de Israel con experiencia en casos en la CIJ, como el caso Irán contra EE.UU.); abogada Esperanza Orihuela (Universidad de Murcia con interés en Derecho del Mar); Dr. Christian J. Tams (británico); y el abogado y especialista Pablo Paquetti quien junto a Zimmermann ya han actuado en audiencias en la CIJ en nombre de Venezuela

Antonio Remiro Brotónsya ha actuado ante la CIJ en el caso de la demanda de Bolivia contra Chile por la salida al mar, en el que representó a Bolivia. También en el de Nicaragua contra Colombia por las islas de San Andrés y Providencia; y litigó en la CIJ representando a Argentina contra Uruguay por una planta de celulosa. 

Dos destacados juristas venezolanos formaron parte de la Corte Internacional de Justicia: Dr. Gonzalo Parra Aranguren (1924-2016) entre 1996 y 2009; y el Dr. Andrés Aguilar Mawdsley (1924-1995) entre 1991-1995.

Cronología reciente

Enero de 2018:El secretario General de la ONU, Antonio Guterres decide enviar el asunto a la CIJ; en el contexto del Acuerdo de Ginebra de 1966, que contemplaba entre otras opciones y, muy en contra de la conocida postura de Venezuela que ha pedido reiteradamente que la controversia sea resuelta por las vías no jurisdiccionales, enviar el asunto a la CIJ. 

Marzo de 2018:Guyana interpuso una demanda contra Venezuela ante la Corte de La Haya sobre la validez del Laudo Arbitral de 1899, muy cónsono con su posición. En las primeras de cambio Venezuela rechazó la competencia de la CIJ.

El 18 de junio de 2018:la Corte emite una ordenanza requiriendo a las partes la presentación de sus argumentos, no obstante que Venezuela negó formalmente la competencia de la Corte.

El 8 de marzo de 2021:la Corte estableció una segunda ordenanza fijando plazos para la presentación de escritos sobre el fondo para ambos Estados: 8 de marzo de 2022 para Guyana, 8 de marzo de 2023 para Venezuela.

Diciembre de 2020: la CIJ se declaró competente para poder analizar en una segunda etapa los argumentos de Guyana sobre el fondo. “Cabe precisar que esta decisión se tomó sin poderse realizar un juicio contradictorio como es lo usual en La Haya, con dos rondas de alegatos (en la fase escrita y luego en la fase oral), al optar Venezuela por no comparecer en el procedimiento de las audiencias orales realizadas el 30 de junio de 2020en La Haya, con la presencia de la única delegación de Guyana”, subraya el articulista costarricense Nicolás Boeglin en Dipublico.org

El 17 de noviembre de 2022:Venezuela defendió su recurso de excepción en La Haya pues en las gestiones de la demanda de Guyana se ha obviado al Reino Unido de Gran Bretaña (exautoridad colonial) por lo que se debe considerar inadmisible la demanda de Guyana.


*Para una cronología histórica digital con cierto sello multimedia la autora recomienda consultar: https://venezuela360.org/arcgis/apps/storymaps/stories/843bbffcf4b648c0b1216e1dad048ea0


*Lectura recomendada: Dr. Manuel Alberto Donís Ríos, El Esequibo, una Reclamación histórica, UCAB, colección Letra Viva, Konrad Adenauer Stiftung, 2016.


*Las fotografías individuales de los magistrados de la CIJ fueron facilitadas por la autora, Taisa Medina, al editor de La Gran Aldea.

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