En la aldea
02 diciembre 2024

Por qué Venezuela no ha perdido a CITGO, 12 razones basadas en hechos

“CITGO no se ha perdido gracias a la estrategia diseñada en 2019 por la Asamblea Nacional de 2015. No hay ninguna sentencia de la Corte de Delaware que diga que el Gobierno interino desvió recursos. Se ha citado la sentencia del 23 de marzo de 2023, pero esa sentencia no habla de apropiación alguna ni tampoco se refiere a 19.000 millones. Con errores y aciertos, CITGO sigue siendo propiedad de PDVSA gracias a esa estrategia de defensa. CITGO es hoy una empresa rentable y exitosa”.

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Ningún régimen autoritario contemporáneo puede triunfar sin escritores, intelectuales, panfletistas…
Anne Applebaum

El régimen de Nicolás Maduro y sus aliados ha vuelto a acudir a la mentira para esconder su responsabilidad por los riesgos que pesan sobre CITGO. Con artificios -y empleando las mismas tácticas de persecución que hoy están en investigación ante la Corte Penal Internacional- ahora se ha señalado que el llamado Gobierno interino desvió 19.000 millones de dólares, basado en una supuesta sentencia de la Corte de Delaware, todo ello en el marco de la narrativa según la cual CITGO se perdió.

Hay 12 hechos que deben aclararse -con evidencias sólidas y comprobables- para explicar por qué CITGO no se ha perdido, y por qué los riesgos que hoy pesan sobre la empresa son consecuencia del endeudamiento irresponsable promovido por los regímenes de Chávez y Maduro.

1. CITGO no se ha perdido

Comienzo por destacar lo obvio: CITGO no se ha perdido. Hoy sigue siendo una filial de PDVSA y su gestión es más que exitosa.

En diciembre de 2018, la situación era muy distinta: CITGO ya se daba por perdida, en especial, por el inconstitucional colateral sobre sus acciones, tanto a favor de los Bonos 2020 como de Rosneft.

A pesar de todo y contra todo, CITGO no se ha perdido. No se puede decir lo mismo de otros activos de PDVSA bajo control de Maduro. Así, entre otros casos, cabe mencionar la desaparición del 35% de las acciones en Nynas; el opaco canje de deuda que llevó a PDVSA a ceder sus acciones en la refinería de República Dominicana; la expropiación de las acciones en la refinería de Jamaica, cuya indemnización fue embargada; el embargo de las acciones de Propernyn, filial de PDVSA en los Países Bajos; el embargo sobre activos en Bonaire y Curazao, o el embargo sobre cuentas bancarias en el Novo Banco.

La verdadera pregunta, entonces, es por qué CITGO no se ha perdido. Y la respuesta, como explico en este libro sobre la defensa frente a la deuda pública legada (pp. 276 y ss.), es que CITGO no se ha perdido gracias a la estrategia diseñada en 2019 por la Asamblea Nacional de 2015.

No voy a negar los errores cometidos por la Asamblea Nacional y el llamado Gobierno interino (eliminado en enero de 2023). Yo mismo he sido crítico en algunos puntos. Pero, con errores y aciertos, CITGO sigue siendo propiedad de PDVSA gracias a esa estrategia de defensa.

2. La subasta de las acciones de PDV Holding, Inc. no es inminente (y los intereses económicos tras algunas de las críticas sobre las sanciones)

La subasta de PDV Holding, Inc. no es inminente. El 23 de octubre iniciará el proceso de subasta que, en principio, podría concluir en junio de 2024. Solo entonces la Corte de Delaware podría estar en posición de adjudicar la venta de las acciones al comprador seleccionado, lo que en todo caso dependerá de la licencia que la OFAC debe emitir. Todavía quedan meses de litigios y otros trámites para que, en el peor de los escenarios, se ejecute la venta forzosa de las acciones.

Es importante explicar, además, el efecto que tienen las sanciones. Algunas de las críticas solo se centran en los efectos adversos de éstas sobre ciertos intereses económicos, como en especial sucede con los títulos de la deuda. Estas críticas piden “levantar las sanciones”, no para atender sus efectos humanitarios, sino para favorecer a esos intereses económicos. Si estas sanciones son “levantadas”, solo ganarían algunos intereses, pero no el pueblo venezolano. Además, “levantar” estas sanciones afectará la calidad de la protección suplementaria sobre CITGO.

“Hay que aclarar que el mayor riesgo sobre CITGO deriva de la inconstitucional decisión de Maduro de ceder en garantía las acciones de CITGO Holding, Inc. a favor de acreedores extranjeros. La defensa judicial emprendida en 2019 ha impedido que esos riesgos se activen”

Esta protección suplementaria derivada de las sanciones fue establecida por la OFAC en diciembre de 2019, y apoyada por el Gobierno de Estados Unidos ante la Corte de Delaware, como explico en mi libro (pp. 333 y ss.). Lamentablemente, a inicios de este año el Gobierno de Estados Unidos redujo el grado de protección, permitiendo a la Corte de Delaware dictar embargos, todo lo cual ha generado incentivos para que acreedores acudan a la Corte. Esto explica por qué los acreedores de Chávez y Maduro han corrido a la Corte de Delaware: no es por la “corrupción de la Asamblea Nacional”, sino por los efectos adversos de la flexibilización de las sanciones.

Además, en pocos días podría entrar en vigor la licencia general 5 que podría permitir a los tenedores de los Bonos PDVSA 2020 tomar control sobre las acciones de CITGO Holding, Inc., que inconstitucionalmente fueron cedidas en garantía. La fuerte narrativa de “levantar las sanciones” también se dirige a permitir la entrada en vigor de esa licencia, en beneficio de los tenedores y en perjuicio de los venezolanos.

3. El valor de CITGO (o de cómo las adecuadas reglas de gobernanza rescataron a una empresa al borde del colapso)

CITGO es hoy una empresa rentable y exitosa, pues su gobernanza fue rescatada en febrero de 2019, en la estrategia que fue diseñada en el Estatuto de Transición aprobado por la Asamblea Nacional, y que como el jurista Allan R. Brewer-Caríasexplica, restableció la autonomía de PDVSA y de CITGO.

¿Cómo es posible que el llamado Gobierno interino y la Asamblea Nacional de 2015 hayan restablecido exitosamente la gobernanza de CITGO, si según la versión que ahora se nos presenta, esa gestión es tan corrupta e ineficiente como la gestión de 24 años de Chávez y Maduro?

No se puede ser y no ser al mismo tiempo. Salvo, claro está, que se manipulen los hechos.

El primer informe público presentado por PDV Holding, Inc., da cuenta de la precaria condición en la que se encontraba CITGO:

“Los últimos cuatro años, desde el 2015, CITGO tuvo acceso restringido al mercado dado que CITGO -bajo la administración del régimen de Maduro- se endeudó en 2.800 millones de dólares y aceptó cláusulas financieras que comprometieron los dividendos futuros de CITGO”.

Este endeudamiento de CITGO, promovido por Maduro, se dirigió a lograr un fraudulento dividendo a PDVSA, que desapareció en la voracidad de la cleptocracia criminal que se ha instaurado en Venezuela.

Hoy CITGO ha refinanciado esa deuda legada de Maduro, y muestra una gestión exitosa. El riesgo que pesa sobre ella no es propio, sino ajeno: la deuda pública externa legada de Chávez y Maduro.

En especial, hay que aclarar que el mayor riesgo sobre CITGO deriva de la inconstitucional decisión de Maduro de ceder en garantía las acciones de CITGO Holding, Inc. a favor de acreedores extranjeros. La defensa judicial emprendida en 2019 ha impedido que esos riesgos se activen.

Así, la garantía sobre los Bonos 2020 está suspendida por orden judicial, mientras la Corte Suprema de Justicia de Nueva York decide sobre la demanda de nulidad planteada en 2019 por la Junta Administradora ad hoc de PDVSA. Y recientemente, esa junta logró recuperar colateral a favor de Rosneft, reduciendo de manera importante los riegos sobre la empresa.

4. El irresponsable nivel de endeudamiento de Chávez y Maduro colocó a CITGO en riesgo

La deuda pública externa de Chávez y Maduro es irresponsable. No solo la deuda derivada de expropiaciones e incumplimientos financieros, sino la deuda basada en títulos valores, de cerca de 60.000 millones.

Hay, aquí, un tema pendiente: examinar las condiciones que permitieron ese endeudamiento irresponsable, no solo desde la destrucción del Estado de Derecho, sino desde los propios mercados financieros internacionales que, junto con sus analistas, se hicieron la vista gorda frente a la debacle de Venezuela, contribuyendo a la Emergencia Humanitaria Compleja y a la sistemática violación de derechos humanos. Cuando era evidente la crisis de la deuda -hacia 2014– todavía algunos sectores alentaban a Venezuela a endeudarse más y más. El resultado fue cerca de 60.000 millones de dólares en bonos que desparecieron en la cleptocracia trasnacional de Chávez y Maduro.

5. Fue Maduro quien declaró de manera unilateral la moratoria de la deuda (la culpa no es de las sanciones)

Para lavarle el rostro a Maduro, se ha señalado que éste no pudo renegociar la deuda en 2017 debido a que Estados Unidos se lo prohibió, con una orden ejecutiva de 2017.

Como expliqué en su momento, fue Maduro quien decidió no solo incumplir la deuda sino además, obviar la renegociación, pues para ello requería del control de la Asamblea Nacional electa democráticamente en 2015, y que Maduro decidió desconocer, en especial, con la ilegítima asamblea nacional constituyente. Cualquier limitación derivada de las sanciones hubiese podido levantarse con una licencia.

6. Las cuentas bancarias en Estados Unidos no fueron transferidas al Gobierno interino, impidiendo a Maduro pagar la deuda

También es falso que Maduro estaba pagando la deuda hasta que las cuentas “bancarias de Venezuela en Estados Unidos fueron ‘transferidas’” al llamado Gobierno Interino. Esta imagen de un Maduro actuando como diligente administrador es, simplemente, falsa.

En noviembre de 2017 Maduro ordenó el pago de los Bonos PDVSA 2017 (los que no lograron ser canjeados con la emisión de los Bonos 2020) y unilateralmente suspendió los pagos de la deuda, ordenando una renegociación, promesa que nunca cumplió.

Salvo el Bono 2020, Maduro solo pagaba los reclamos que constituían una amenaza importante, referidos a las expropiaciones de Chávez. Pero no lo hacía por medio de cuentas en EE.UU. sino de cuentas en Europa, como Novo Banco, tal y como puede leerse en la sentencia que recientemente “desbloqueó” 1.500 millones a favor de Maduro. Investigaciones para la prevención de la legitimación de capitales impidieron a Maduro seguir pagando a algunos de esos acreedores de PDVSA, quienes entonces, reclamaron su deuda ante la Corte de Delaware.

7. Es falso que las acreencias que cuentan con medida de embargo sumen 23.600 millones de dólares

El régimen de Nicolás Maduro afirma que la deuda pasó de 3.400 millones bajo el régimen de Maduro, a 23.600 millones de dólares bajo el Gobierno interino. Como no se molestan siquiera en explicar esas cifras, es difícil entender exactamente a qué se refiere Maduro y sus aliados.

En todo caso, es bueno recordar que la deuda pública externa no aumentó bajo el Gobierno interino. Todas las reclamaciones judiciales pendientes de decisión ante las cortes de Estados Unidos, incluyendo ante la Corte de Delaware, existían antes de 2019, y todas ellas, son imputables a Chávez y Maduro.

Además, es falso que las medidas de embargo dictadas sobre las acciones de PDV Holding, Inc. suman 23.600 millones de dólares. Expliquemos por qué.

“Los autoritarismos populistas del siglo XX, apoyados de sus intelectuales (como explica Applebaum) construyen una posverdad en la que acusan a la disidencia de traición y corrupción. Esta nueva campaña sobre CITGO es un ejemplo de este proceder”

La Corte de Delaware fijó siete pasos para que los acreedores tengan derecho legal sobre las acciones de PDV Holding, Inc.  Estos pasos son: (i) El acreedor debe probar que tiene una deuda frente a Venezuela; (ii)El acreedor debe contar con una sentencia de una corte de EE. UU.; (iii)La sentencia es registrada en la Corte de Delaware; (iv)El acreedor solicita una medida de embargo; (v) La Corte emite una medida de embargo condicionada; (vi) Cumplidas las condiciones, el alguacil libra la medida de embargo; (vii)La policía judicial notifica el embargo, el cual queda perfeccionado. Solo una vez cumplidos estos siete pasos, existirá un derecho legal. Y en especial: los acreedores de la República tendrán que probar que PDVA sigue siendo el alter ego.

De hecho, como la Corte reconoce, hoy solo hay un acreedor que cumplió esos siete pasos, y es Crystallex, con una acreencia de aproximadamente 987 millones de dólares. Si tuviésemos que hacer el listado de acreedores con derecho legal, éste sería el único.

Algunos acreedores han llegado al paso quinto, o sea, el embargo condicionado, que no da derecho legal alguno. El monto aproximado de estas reclamaciones es el siguiente:

Esto no quiere decir que estos acreedores ya tengan un derecho legal. Puede que sí logren cumplir el resto de los pasos. Puede que no. Hoy, lo que importa es que no tienen derecho alguno sobre PDV Holding, Inc.

La cifra de 23.600 millones de dólares no es más que una manipulación a la que acude el régimen para confundir, como es por lo demás común en los populismos que abrazan la posverdad.

8. La falsa cifra de 19.000 millones desviados (y por qué el laudo CIADI a favor de Conoco no otorga derecho alguno)

En las mentiras sembradas por el régimen de Maduro, se afirma que el llamado Gobierno interino, según la Corte de Delaware, desvió 19.000 millones. ¿De dónde sale esa cifra?

No hay ninguna sentencia de la Corte de Delaware que diga que el Gobierno interino desvió recursos. Se ha citado la sentencia del 23 de marzo de 2023, pero esa sentencia no habla de apropiación alguna ni tampoco se refiere a 19.000 millones. Esa sentencia tan solo dicta medidas de embargo condicionadas a favor de ciertos acreedores. Y el monto de los embargos condicionados, en todo caso, no suma la absurda cifra a la que alude el régimen.

Se trata, en realidad, de una burda manipulación. Esa cifra es el total de algunas de las acreencias a favor de la República que podrían derivar en medidas de embargo dictadas por la Corte de Delaware, con base en la tesis del alter ego. Pero esos embargos no se han dictado. Y en muchos casos, ni si quiera ha habido nueva condena basada en la tesis del alter ego.

Basta un ejemplo. Más de la mitad esa cifra absurda proviene el laudo CIADI dictado a favor de ConocoPhillips, por la expropiación de sus activos acordada por el régimen de Chávez. No solo Conoco no ha cumplido con los siete pasos que la Corte de Delaware dispuso para embargar las acciones de PDV Holding, Inc. Además, ese laudo no está firme, pues los representantes judiciales de la República designados por la Oficina del Procurador Especial lograron presentar la petición de nulidad en contra de ese laudo, en un trámite que todavía está pendiente.

9. La decisión de la Corte de Delaware de marzo de 2023 (y de la Corte de Apelaciones) sí tiene que ver (y mucho) con Maduro

Valiéndose de artilugios, el régimen de Maduro pretende señalar que el llamado Gobierno interino es responsable por 19.000 millones, pues debido a su negligencia, la Corte de Delaware declaró que PDVSA era el alter ego de la República, y por ello, acreedores de la República podían embargar las acciones de PDC Holding, Inc.

Al leer la sentencia del 23 de marzo de 2023 dictada por la Corte de Delaware, comprobamos la gran mentira.

Le pido al lector que lea el título VII, en la página 27. ¿Qué dice? En mi traducción libre al español, dice lo siguiente: “El Gobierno no-reconocido de Maduro continúa controlando a PDVSA en Venezuela”. Ahora le pido al lector que salte a la página 30, título VIII. En español: “La dirección y control del régimen de Maduro sobre PDVSA es similar a la dirección y control que la Corte declaró en agosto de 2018”.

Es decir, que Maduro sí tiene, y bastante, que ver con la decisión que adoptó la Corte, al declarar que PDVSA es el alter ego de la República (el lector interesado en comprender mejor la tesis jurídica del alter ego, puede leer las pp. 309 y ss. de mi libro sobre la deuda, y las pp. 214 y ss. de mi reciente libro sobre la privatización de facto de PDVSA).

Es más, si analizamos la totalidad de las evidencias analizadas por la sentencia del 23 de marzo de 2023, podremos comprobar que la mayoría son imputables al régimen de Maduro. En concreto, 44,94% de las evidencias responden a actos de Maduro (frente al 19,10% imputables a la Asamblea y el 15,73% imputables al presidente encargado/Junta ad hoc). El resto de las evidencias es imputable a normas constitucionales y legales.

Por supuesto, el régimen de Maduro elude su responsabilidad y, aprovechando la confusión creada, emprende una nueva persecución política, incluso, en mi contra.

10. Ni la Asamblea Nacional de 2015 ni el llamado Gobierno interino han usado a PDVSA y CITGO con fines políticos

La Corte de Delaware afirma (páginas 17 y ss.) que tanto el Gobierno interino como la Asamblea Nacional de 2015 han controlado a PDVSA. La Corte del Tercer Circuito, en sentencia de 1 de junio de 2023, confirmó parte de estas evidencias, no sin antes reconocer que el “Gobierno de Guaidó ha impulsado a la Junta Administradora ad hoc de PDVSA a ser más independiente” (p. 30).

Las evidencias que se basan en el supuesto control político ejercido por la Asamblea Nacional y el Gobierno interino están siendo revisadas ante la Corte Suprema de Justicia de Estados Unidos. Otro detalle importante que se obvió: esa sentencia no es todavía firme.

En cualquier caso, en la sentencia del 23 de marzo de 2023 la Corte de Delaware violó el precedente del caso Bancec, en el cual la Corte Suprema estableció la tesis del alter ego. En Bancec, la Corte aclaró que no todo control da lugar a aplicar esta tesis, pues se requiere un control sobre el día a día, con una intensidad tal que la personalidad jurídica del ente público -PDVSA, en este caso- pasa a ser una mera fachada.

Así, por ejemplo, la Corte de Delaware consideró que PDVSA es el alter ego de la República, pues la Constitución de Venezuela somete a controles políticos a esa empresa. Pero esto no es un control del día a día. Asimismo, la Corte basó la tesis del alter ego en los controles constitucionales que la Asamblea Nacional de 2015 ha ejercido sobre los contratos de interés público nacional que celebra PDVSA, como es el caso del colateral sobre CITGO. Tampoco ello es un control del día al día, sino un control excepcional que, como afirmó el recordado profesor Román Duque Corredor, aplica por imperio de la Constitución.

En cualquier caso, y más allá de la imprecisión, la sentencia nunca afirma que el llamado Gobierno interino desvió 19.000 millones, ni que causó daños patrimoniales por ese monto. De nuevo, esa fue la cifra que el régimen de Nicolás Maduro inventó para hacer creer que ya hay acreedores de la República que, por faltas del Gobierno interino, tienen medidas de embargo por ese monto.

11. Los lineamientos de renegociación de la deuda de 2019 nunca prometieron tratar por igual a la deuda de PDVSA

Una de las evidencias consideradas por la Corte (párrafo 85), se basa en los lineamientos para la renegociación de la deuda pública, publicados por la Oficina del Procurador Especial en julio de 2019. En la gran confusión causada, se quiere cuestionar la racionalidad de esos lineamientos por haber equiparado la deuda de la República con la deuda de PDVSA, e incluso, quieren explicar esos lineamientos como acto de corrupción.

Los autoritarismos populistas del siglo XX, apoyados de sus intelectuales (como explica Applebaum) construyen una posverdad en la que acusan a la disidencia de traición y corrupción. Esta nueva campaña sobre CITGO es un ejemplo de este proceder.

Lo primero que hay que aclarar es que es falso que los lineamientos hayan ordenado dar un trato similar a la deuda de la República y PDVSA. El trato igualitario se afirmó en relación con en el origen de la deuda, para aclarar que no se daría trato preferente a las reclamaciones basadas en sentencias, como explicamos en su oportunidad en este artículo. En la memoria de 2019 publicada por la Oficina del Procurador Especial, la igualdad de trato se explicó de la siguiente manera:

“Todos los reclamos reconciliados serán tratados en igualdad de condiciones, con independencia del origen de la obligación. Esta regla tendrá excepciones consistentes con los principios generales de Derecho Constitucional e Internacional que rigen la renegociación de la deuda pública”.

La igualdad de trato aplica en cuanto al origen de la deuda, no en cuanto al deudor. Cabe recordar que los lineamientos fueron preparados por Lee Buchheit, uno de los abogados más experimentados en materia de deuda pública. La finalidad de Buchheit fue aclarar que no se daría trato preferente a los acreedores con una sentencia, para así desincentivar nuevas demandas. En las pp. 323 y 324 de mi libro sobre la deuda, el lector encontrará una explicación más detallada.

De hecho, tan evidente es este principio que, como reconoce la sentencia citada, el propio régimen de Maduro también ha propuesto partir del principio de igualdad de trato.

Por otra parte, los ligamientos mencionaron a PDVSA pues su fundamento legal es la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, que rige a PDVSA, como empresa del Estado. Finalmente, los lineamientos eran una guía orientativa, no una decisión válida y vinculante sobre la renegociación de la deuda, que solo podía comenzar una vez resuelta la crisis política de la deuda.

12. El reciclaje del caso OI Group

El régimen de Maduro y sus aliados reciclan la temeraria acusación que lanzaron en 2019, según la cual yo fui empleado de OI Group, beneficiando a esa empresa en su litigio en contra de PDVSA. Aun cuando ya he respondido a esta nueva difamación, resumo de nuevo los hechos centrales.

La  primera vez que el régimen autoritario lanzó esa acusación fue en 2019, con una temeraria campaña de Avanzada Progresista. A partir de allí, el régimen emprendió en mi contra persecución política y que ha mantenido, incluso, en fecha muy reciente. Hoy vuelven sobre la misma mentira, demostrando, además, que faltos de razones y argumentos, solo les queda reciclar la mentira, cambiando si acaso el emisor.

En una larga entrevista dada en 2019, aclaré este asunto. En 2013 actué como experto independiente en un arbitraje promovido por OI Group. Mi testimonio explicó, de manera objetiva, por qué la expropiación de los activos de Owens Ilinois promovida por Chávez violó el Derecho venezolano. Es falso que haya sido empleado de OI Group o que haya defendido sus intereses. 

Más de siete años después de ese testimonio, y meses después de mi renuncia al cargo de procurador, OI Group solicitó un embargo sobre las acciones de PDV Holding, Inc., que fue otorgado de manera condicionada en marzo de 2023, casi tres años después de mi renuncia. No intervine en esta demanda, simplemente, pues ya había renunciado al cargo.

Pero el régimen y sus aliados, basándose en un reporte experto presentado hace diez años, manipulan los hechos para lanzar una oleada de persecución política en mi contra.

***

Hemos presenciado, en las dos últimas semanas, un ejemplo típico de los modernos autoritarismos que se apoyan en la posverdad. El método, como resume Applebaum, es bastante común: élites intelectuales fabrican argumentos -disimulados, incluso, en un debate académico- que son luego empleados y difundidos por los autoritarismos para avanzar sus tácticas represivas. Esto hace de estos intelectuales de la posverdad responsables de las graves violaciones de derechos humanos que estos regímenes cometen.

Por ello, este artículo no es una “réplica académica” ni mucho menos me interesa entrar en un “debate” con el régimen de Maduro y sus aliados. No estamos ante críticas académicas, sino ante la vulgar manipulación de los hechos para encubrir persecuciones políticas. Por ello, este artículo quiere aportar hechos basados en evidencias, para que la opinión pública -y quienes luchan en la verificación de la información- tengan elementos para formar una opinión razonada.

Para ello, y a modo de recapitulación, resumo tres grandes premisas:

a) CITGO no se ha perdido, como sí se han perdido activos a manos de Maduro, como las acciones en la refinería de República Dominicana. Los riesgos sobre CITGO son ciertamente altos, pero ninguno de ellos es inminente.

b) Es falso que existan reclamos con derecho legal por casi 24.000 millones o pérdidas imputables al Gobierno interino por 19.000 de millones. Hoy (octubre 7, 2023), solo hay un acreedor con derecho legal ante la Corte de Delaware, y su acreencia no llega a 1.000 millones.

c) Todos los reclamos y riesgos que pesan sobre CITGO son causados por la irresponsable deuda pública legada de los regímenes de Hugo Chávez y Nicolás Maduro, como el caso especial del inconstitucional colateral a favor de los tenedores de los Bonos 2020, cuya emisión, incluso, ha sido vinculada a Samark López. Ya es hora de que en Venezuela se determine la responsabilidad -moral, por lo menos- de quienes promovieron y alentaron este irresponsable endeudamiento que favoreció y facilitó la cleptocracia trasnacional y la violación sistemática de derechos humanos, hoy en investigación ante la Corte Penal Internacional.

Solo me queda decir, con Juan Germán Roscio, ¡Qué fecunda es la ignorancia que hace el cortejo de la tiranía!

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La opinión emitida en este espacio refleja únicamente la de su autor y no compromete la línea editorial de La Gran Aldea.
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