En la aldea
13 mayo 2025

La farsa electoral del 25M o delitos graves contra la Nación

En Venezuela ya no hay elecciones libres, ni transparencia, ni soberanía popular. El régimen de Maduro impuso a dedo un presidente, eliminó los mecanismos de verificación y transformó al CNE en un arma de control político.

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Thelma Fernández | 13 mayo 2025

Es importante recordar que lo que sucedió en Venezuela luego del 28 de julio de 2024, cuando se le adjudicó la Presidencia de la República a Nicolás Maduro y no al candidato que resultó electo por amplia mayoría, es decir, Edmundo González Urrutia, no fue el simple robo de una elección presidencial. No fue un simple fraude —lo cual ya constituye un hecho suficientemente grave—. Más allá de eso, lo que realmente ocurrió en Venezuela el 28J fue la destrucción de la República como forma de gobierno.

Muchos no lo saben, pero la forma política de gobierno en Venezuela es la republicana, como en el resto de los países democráticos.

La forma política republicana no es otra cosa que aquella en donde el pueblo es quien tiene el Poder Soberano. Por eso, la mayoría de los países democráticos son repúblicas, y de hecho muchos se llaman “República”, como la República Bolivariana de Venezuela.

Entonces, en una República —como forma de gobierno— el poder es ejercido por las autoridades que representan al pueblo, pero que han sido elegidas de forma popular. Es decir, los principales cargos políticos son escogidos por los ciudadanos a través del voto en procesos electorales.

Siendo así, en el caso de Venezuela, Elvis Amoroso y el régimen de Nicolás Maduro acabaron con nuestra forma de gobierno e impusieron un nuevo sistema en el que quien detenta el poder es quien determina quién gana una contienda electoral, sin necesidad de mostrar prueba alguna, como ocurrió el 28J. No es la voluntad popular expresada en las urnas —tal como lo establece la Carta Magna y las leyes electorales— la que determina el resultado.

Podemos entonces concluir, sin lugar a equívocos, que el CNE, abiertamente sometido al régimen de Maduro, suplantó de manera criminal la soberanía popular y destruyó la forma política republicana que se dio la Nación.

En este punto, es necesario entender las connotaciones de carácter jurídico-penal que este hecho conlleva:

Establece el artículo 132, primer aparte del Código Penal venezolano, el delito de conspiración para destruir la forma política republicana, cuando señala:

“Cualquiera que, dentro o fuera del territorio nacional, conspire para destruir la forma política republicana que se ha dado la Nación será castigado con presidio de ocho a dieciséis años.”

Hay algo llamativo en esta disposición penal, y es que en este delito el legislador sanciona la sola conspiración para destruir la forma republicana. Es decir, es tan grave este ilícito penal, que sin haberse consumado el hecho, ya se sanciona la mera conspiración.

Por otro lado, si nos remitimos a lo que sucedió el 10 de enero de 2025 en la Asamblea Nacional, en donde de manera alarmante se juramentó a un presidente que no fue electo como tal el 28J, nos encontramos indefectiblemente ante la consumación de un golpe de Estado a la Nación, al impedírsele al verdadero presidente electo la legítima toma de posesión de su cargo.

En este sentido, establece el artículo 143 del mismo Código Penal:

Serán castigados con presidio de doce a veinticuatro años:

1. Los que se alcen públicamente, en actitud hostil, contra el Gobierno legítimamente constituido o elegido, para deponerlo o impedirle tomar posesión del mando.

Evidentemente, en Venezuela se le impidió al ciudadano Edmundo González Urrutia, presidente legítimamente electo, tomar posesión de su cargo, en una actitud abiertamente hostil. Bajo amenaza, se le obligó a firmar un acuerdo para su salida del país, de tal manera que no pudiera reclamar su triunfo ni tomar posesión del cargo que por ley le correspondía. La autoría de estos hechos recae directamente en el régimen de Nicolás Maduro. Siendo así, se configura uno de los dos supuestos establecidos en la referida disposición penal para considerar la consumación de un golpe de Estado a la Nación, por burlar la voluntad popular, que es la única que puede decidir quién es el presidente de la República.

Como consecuencia de lo anterior, todo lo que haga este régimen usurpador desde el día 10 de enero del presente año es nulo de nulidad absoluta, tal como lo establece la Constitución Nacional en su artículo 25, cuando habla de la nulidad de los actos en el ejercicio del Poder Público:

Artículo 25. Todo acto dictado en ejercicio del Poder Público que viole o menoscabe los derechos garantizados por esta Constitución y la ley es nulo, y los funcionarios públicos y funcionarias públicas que lo ordenen o ejecuten incurren en responsabilidad penal, civil y administrativa, según los casos, sin que les sirvan de excusa órdenes superiores.

Concatenado con lo anterior, establece también la Constitución Nacional:

Artículo 5. La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta Constitución y en la ley, e indirectamente, mediante el sufragio, por los órganos que ejercen el Poder Público.
Los órganos del Estado emanan de la soberanía popular y a ella están sometidos.

Artículo 63. El sufragio es un derecho. Se ejercerá mediante votaciones libres, universales, directas y secretas. La ley garantizará el principio de la personalización del sufragio y la representación proporcional.

Luego de eso tenemos todas las leyes en materia electoral que fueron violentadas, desde lo referido a la publicación de las actas, los procesos de verificación y auditabilidad electoral, hasta la publicación de los resultados mesa por mesa en la Gaceta Oficial, como establece la ley. De tal manera que se erradicó la transparencia del proceso electoral, uno de los pilares fundamentales para dar legitimidad al mismo y permitir el control social donde la ciudadanía vigila el comportamiento de los involucrados.

Así las cosas, lo sucedido en Venezuela después del pasado 28J formalmente dejó de ser un tema político. La diferencia entre las elecciones del 28J y las anteriores, es que antes teníamos procesos donde, pese al ventajismo, un REP desactualizado y múltiples artimañas, se guardaban ciertas formas: se mostraban actas, se permitía impugnar, se publicaban resultados en Gaceta Oficial. Hoy eso ya no existe.

El 28J marcó el inicio de una nueva etapa: el Tribunal Supremo de Justicia, interfiriendo de manera directa en el Poder Electoral, certificó como válidos los resultados leídos por el presidente del CNE y los declaró “inobjetables”, eliminando cualquier posibilidad de impugnación.

Este cambio radical en el sistema electoral venezolano, donde el CNE suplantó la soberanía popular para decidir de forma unilateral quién gana o pierde una elección, constituye una subversión del orden constitucional y legal en Venezuela, y la instauración definitiva de una tiranía, cuya principal característica es la eliminación del cumplimiento de las normas para imponer la voluntad del tirano mediante la fuerza.

Por tanto, el dilema de ir o no a votar en las elecciones regionales convocadas para el próximo 25 de mayo pierde todo sentido. Estamos ante la comisión evidente de delitos graves contra el Estado, y quienes pretendan participar en nuevas elecciones convocadas por un CNE absolutamente deslegitimado están colaborando con la ficción de que en Venezuela todavía existe una democracia. No solo están traicionando a la gran mayoría que eligió a Edmundo González Urrutia, sino que se están convirtiendo en cómplices de delitos gravísimos contra la Nación, cometidos por el régimen usurpador de Nicolás Maduro, del cual forma parte el actual CNE, encabezado por Elvis Amoroso.

Así lo establece el Código Penal cuando habla de la complicidad por prestar asistencia después de cometido el hecho.

Por si fuera poco, hay un silencio sepulcral por parte de los candidatos de “oposición” con respecto a la reciente eliminación, por parte del CNE, del código QR de las actas electorales —el mecanismo que permitía verificar su autenticidad—. Esto permite al CNE manipular los resultados sin posibilidad de verificación ni pruebas de fraude, como demostró María Corina Machado tras el 28J. Se trata de otra violación grave que atenta contra la transparencia electoral, y evidencia la complicidad de quienes pretenden participar en las próximas elecciones.

En conclusión, si verdaderamente se quiere luchar por la democracia, por el valor del voto y por ganar espacios, por lo único que se debe luchar hoy es por el reconocimiento de la soberanía popular expresada el 28J, por el restablecimiento de un sistema electoral confiable y, finalmente, por la recuperación de la República.

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La opinión emitida en este espacio refleja únicamente la de su autor y no compromete la línea editorial de La Gran Aldea.
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