En la aldea
26 abril 2024

“¿Dejaremos de bailar la música que el sistema impone? Ese es el gran desafío”.

La autonomía comunitaria frente al colonialismo comunal, ¿de qué elección se trata? (y II Parte)

“El artículo 11 de la reformada Ley de las Comunas, aprobada en primera discusión, plantea una nueva ingeniería electoral, ¿será esta la estructura que marcará el proceso en las próximas elecciones?, ¿cambiará la dinámica electoral en el país? Sospecho que sí”.

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Mirla Pérez | 01 diciembre 2022

Para no errar hay que saber escuchar e interpretar los signos de los tiempos. Hoy en Venezuela son muchos los hitos que señalan caminos y distintos actores que se amarran a sus propios compromisos, como clase, como élite, como grupo de poder. Del otro lado están las comunidades, los bodegueros de barrio, los trabajadores, jóvenes, mujeres, que no tienen poder. Son grupos sin poder que albergan en su existencia humana y comunitaria la potencia necesaria y suficiente para subvertir cualquier orden, pero son invisibles tanto para los que mandan como para los opositores al régimen. Uno de los principales errores de los políticos que adversan a un sistema totalitario, es la incapacidad de interpretar con justicia los eventos que se producen en la realidad. Saber descifrar a los que detentan el poder como a los desposeídos de este poder, los dominados.

Para que una lucha sea consistente, es necesario reconocer al adversario en sus actos e intenciones, sobre todo cuando desde el poder y la arbitrariedad es capaz de eliminar todo el sistema legal precedente, eso ocurre cuando no hay Estado de Derecho. Lo primero que toca hacer ante eso es reconocer que existe, que el sistema actúa, produce transformaciones que afectan a la sociedad y al pueblo; por ejemplo, el reciente  anuncio de reforma de la Ley del Poder Popular:

Ley Orgánica del Poder Popular, normativa que consolidará los diversos medios de participación y organización del pueblo para el ejercicio directo del poder”.

Veamos con atención algunas cosas: la Ley existe, se aprobó el año 2010, sus planteamientos compiten con la Constitución, si la leemos detenidamente nos encontramos con un instrumento legal que da soporte a la base constitucional de un país. Se someten a consideración todos los poderes, por eso se denomina “Ley del Poder Popular”, y el poder popular lo es todo. No perdamos de vista que el poder electoral es también parte del poder popular, ¿qué reformas podemos esperar en ese ámbito?

Al momento de escribir este artículo, no he encontrado el proyecto de reforma de la Ley del Poder Popular, podemos sospechar que las reformas, en el marco de este sistema, se hacen para radicalizar sus propuestas; en este sentido me detendré en la ley vigente, en dos conceptos básicos: el Estado comunal y las instancias del poder popular.

“Estado comunal: … el poder es ejercido directamente por el pueblo, con un modelo económico de propiedad social y de desarrollo endógeno sustentable, que permita alcanzar la suprema felicidad social de los venezolanos y venezolanas en la sociedad socialista. La célula fundamental de conformación del estado comunal es la Comuna”. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 6.011, p. 2.

Esto fue planteado en el año 2010, debemos concluir, haciendo la observación de todo el proceso de implementación, que gradualmente lo han ido imponiendo, desde una fórmula propia de este sistema: avanzan en la reestructuración del Estado (refundación no reforma) y la simbiosis con el partido socialista. Esta nueva etapa se ha caracterizado por esa fusión ineludible entre el Gobierno-Partido-Estado.

Nada sorprendente, pero siento que vale la pena insistir en este hecho, porque los grupos políticos actúan como si esto no existiera, la negación de la realidad no implica que lo que es, no sea. Es. Existe. Está ahí y viene funcionando desde la lógica de la ocupación y desde la mecánica revolucionaria. Esta misma Ley del Poder Popular, plantea los mecanismos de participación bajo la lógica de la democracia directa, en este sentido veremos cómo lo hacen viable, qué dispositivos aseguran el establecimiento comunal.

“Instancias del Poder Popular: Constituidas por los diferentes sistemas de agregación comunal y sus articulaciones, para ampliar y fortalecer la acción del autogobiemo comunal: consejos comunales, comunas, ciudades comunales, federaciones comunales, confederaciones comunales y las que de conformidad con la Constitución de la República, la ley que regule la materia y su reglamento, surjan de la iniciativa popular”. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 6.011, p. 2.

Notemos que los modos de implementación están establecidos, desde las distintas “escalas sistémicas”, común en el razonamiento y organización social de estos regímenes. En el Libro Verde, Muamar el Gadafi lo plantea del siguiente modo: “… no hay democracia sin congresos populares y los comités en todas partes…”, p. 30.

No cualquier democracia, sino la democracia directa, “… esta nueva teoría está fundada en el poder del pueblo, sin sustituto ni representación y realiza una democracia directa de una manera organizada y eficaz…”, Gadafi, p. 28.

De eso se trata, pasar de la democracia burguesa, representativa, a la protagónica directamente ejecutada… por el pueblo, lenguaje, conceptos y estructuras calcadas de otros movimientos socialistas en el mundo. El artículo 11 de la reformada Ley de las Comunas, aprobada en primera discusión, plantea una nueva ingeniería electoral, ¿será esta la estructura que marcará el proceso en las próximas elecciones? De eso habrá que estar pendientes, por lo menos, para no pecar de incautos.

“La negación de la realidad no implica que lo que es, no sea. Es. Existe. Está ahí y viene funcionando desde la lógica de la ocupación y desde la mecánica revolucionaria”

De modo, que en la Ley se establece un Consejo Electoral Comunal, ¿qué cobertura tendrá?, ¿cambiará la dinámica electoral en el país? Sospecho que sí. Veamos cómo avanza este nuevo diseño, es un acontecimiento en pleno desarrollo y es importante esperar e interpretar para poder adelantar algunas hipótesis.

En todo caso, la historia nos deja ver, siempre, algunas tendencias y Stéphane Courtois, lo ubica en El libro negro del comunismo, en cuanto a la mecánica electoral, “… la proclama exigía el paso de todo el poder a los soviets, la libertad de elecciones en los soviets y en los comités de fábrica…”; análogo a la libertad de elecciones en las comunas, consejos comunales, jefes de calle, UBCH, recientemente desarrolladas en el país. El avance en la territorialidad comunal es evidente, desde la argumentación, de la propia Ley de las comunas, en su marco justificativo refieren lo siguiente:

“… de acuerdo a las cifras del Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Movimientos Sociales, que tenemos el 70% de territorio venezolano en comunas, contamos con 3.641 comunas y con 49.183 consejos comunales. Dichas organizaciones del poder popular serán sujetos de la verdadera descentralización”.

En realidad esta es la verdadera recentralización, tal como lo vienen diciendo: poder sin mediación, del presidente al jefe de calle, en una relación directa. La centralización más absoluta. Este es el poder del régimen, su estructura, ¿tienen fisuras? Por supuesto que tienen y muchas, pero avanzan sin contención, porque el que está del otro lado dice que eso que existe no es, no puede ser, es ilegal, va contra la Constitución. Lo cierto es, que es, y está. Avanza.

Me gustaría cerrar con una afirmación de Václav Havel, se sitúa en la esperanza que se construye a partir del reconocimiento de las debilidades del poder hegemónico y en la fortaleza y poder de los sin poder.

“Imaginemos ahora que un buen día algo se rebela en nuestro tendero y que deje de exponer los eslóganes solo porque le da la gana; que deje de ir a votar en las elecciones que no son elecciones; que comience a decir en las asambleas lo que piensa de verdad y que encuentre en sí la fuerza para solidarizarse con quienes su conciencia le lleva a hacerlo”.

Este es el camino que hay que construir. Ya lo estamos viendo, en nuestro estudio recientemente publicado, en el marco del Observatorio Convivium, encontramos que las comunidades ocupadas por el sistema comunal comienzan a rebelarse al sistema: el 90% de las personas entrevistadas en 14 estados del país, prefieren la autonomía financiera y laboral para resolver el tema del hambre y no depender de la caja CLAP. Ese es un dato central, se comienza a transitar este largo camino hacia la libertad sin el acompañamiento de los políticos. ¿Dejaremos de bailar la música que el sistema impone? Ese es el gran desafío.

*Profesora Titular de la Universidad Central de Venezuela. Investigadora del Centro de Investigaciones Populares.
@mirlamargarita

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